Ley 21.364

¿Cómo municipio tienes lo que la nueva Ley establece para el nivel local?
De acuerdo con los principios de esta nueva ley, las empresas privadas tienen directa relación con la Gestión del Riesgo de Desastres, acortando la brecha de coordinación entre el mundo Público-Privado para reducir el riesgo de desastres en el país, desde todos los ámbitos, cumpliendo a su vez, con la normativa internacional en esta materia.
De manera específica, en esta nueva normativa nacional, se establecen las obligaciones de distintos sectores para asegurar la coherencia conceptual y técnica para reducir el riesgo de desastres dentro y fuera de cada organización. Para cumplir con este objetivo se instauran nuevos instrumentos de gestión, cuya implementación es una línea fundamental para cumplir con la presente ley.
Hoy, las gestiones de la Prevención de Riesgos, dentro de una empresa, no sólo se enmarcan en la seguridad de los trabajadores, en función de lo establecido en la Ley 16.744, sino que existe una nueva perspectiva de los riesgos organizacionales, donde la preparación y respuesta ante desastres es un aspecto legal para el Estado de Chile, asegurando también el cumplimiento con la seguridad laboral, como un factor principal para reducir el riesgo de desastres, priorizando acciones de protección para personas, bienes, producción, ambiente, entorno y cumplimiento legal.
Principales Características de la nueva Ley 21.364.-
- Se establece una unificación conceptual
- Se establecen niveles de emergencia para toda la estructura de la administración del Estado.
- Se crean nuevas fases del Ciclo del Riesgo donde se encausan las acciones estratégicas para reducir el riesgo de desastres y responder a emergencias.
- Se establecen 6 principios: Prevención, Apoyo Mutuo, Coordinación, Participación, Escalabilidad y Oportunidad.
- Se estandarizan los nuevos Comités de Gestión del Riesgo de Desastres para todos los niveles de la administración del Estado, en integrantes, deberes y funciones para cada fase del Ciclo del Riesgo. A partir de estos comités, cualquier empresa privada puede ser llamada a participar para la creación de los Instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres y para responder a emergencias de cualquier origen, de acuerdo a sus capacidades.
- Asegura la coordinación público-privada en materias preventivas y de respuesta a emergencias en el territorio.
- Establece nueva Declaración de Emergencia Preventiva.
- Establece y estandariza a nivel nacional nuevos Instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres, los cuales son vinculantes, como son Planes de Reducción del Riesgo de Desastres, Planes de Emergencia y Planes para la Gestión del Riesgo de Desastres.
- Se crean los Mapas de Riesgo, que deberán ser creados en coordinación con los municipios, los cuales tendrán que ser incorporados en los nuevos Instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres.
- Se crea el Programa de Gestión del Riesgo de Desastres para financiar Instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres y otras iniciativas locales que vayan en directa relación con reducir el riesgo en el territorio.
- Modifica la Ley 18.695, Orgánica de Municipalidades. Se crea la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres, donde se establecen funciones y deberes de dicha unidad.
En RCE Consultores tenemos la experiencia y el conocimiento de lo que tu empresa requiere para cumplir con la nueva Ley.
Además, tenemos identificadas las acciones que se producirán en situaciones de emergencia para con la empresa privada en coordinación con el Estado, como también conocemos las acciones estratégicas organizacionales que se deben realizar para mantener la coherencia para reducir el riesgo en cada territorio.
Tenemos el conocimiento técnico y experiencia empírica de cómo complementar la gestión de cada organización con los nuevos lineamientos de reducción del riesgo de desastres que el Estado de Chile formaliza y exige, creando mediciones de gestión, bajo estándares KPI, conjugando el cumplimiento de metas de los marcos internacionales y nacionales de reducción del riesgo de desastres.